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ReclamaCivil.es

Ayudas · Mayores y pensiones

Prestaciones de la Ley de Dependencia

Si tú o un familiar necesitáis ayuda para las actividades de la vida diaria, se pide el reconocimiento del grado de dependencia. Con él se accede a servicios (ayuda a domicilio, centro de día, residencia, teleasistencia) o a prestaciones económicas.

Se puede pedir todo el año

Se puede pedir todo el año en tu comunidad autónoma.

Organismo
Servicios sociales de tu comunidad autónoma
Territorio
Toda España
Última comprobación
en fuentes oficiales

¿Cumplo los requisitos?

  • Personas en situación de dependencia en alguno de los tres grados: Grado I (moderada), Grado II (severa) o Grado III (gran dependencia).
  • Residir en España (con los periodos de residencia que fija la ley).

Test rápido (orientativo)

  1. 1. ¿Necesitas (o tu familiar necesita) ayuda de otra persona para actividades de la vida diaria como asearse, vestirse o comer?

Cuánto es

Depende del grado reconocido, del servicio o prestación asignado en tu Programa Individual de Atención y de tu capacidad económica. No publicamos cifras hasta comprobar las de tu comunidad.

Plazo y dónde se pide

Sin plazo de solicitud. La ley de dependencia se ha reformado (Ley 4/2026, en vigor desde el 23 de octubre de 2026): revisaremos esta ficha con los cambios.

  • En los servicios sociales de tu ayuntamiento o de tu comunidad autónoma.
  • Tras la solicitud, un equipo valora el grado en el domicilio y después se elabora el Programa Individual de Atención (PIA).

Documentos que te van a pedir

  • Solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia (modelo de tu comunidad).
  • DNI o NIE y certificado de empadronamiento.
  • Informe de salud.
  • Datos económicos para calcular la aportación.

Descárgala como checklist

Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.

Si te la deniegan o no te contestan

Si te la deniegan

Contra la resolución del grado o del PIA cabe recurso administrativo (normalmente de alzada, 1 mes) ante tu comunidad; después, vía judicial. La resolución indica el recurso y el plazo.

Si no te contestan

El plazo lo fija la normativa de tu comunidad; si no resuelven a tiempo, puedes reclamar.

¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.

Compatibilidad con otras ayudas

  • Algunas prestaciones son incompatibles entre sí (por ejemplo, residencia con prestación por cuidados en el entorno familiar); lo concreta el PIA.

Errores que provocan requerimientos o denegaciones

  • No aportar un informe de salud completo.
  • No pedir revisión del grado cuando la situación empeora.

Avísame si cambia algo

Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.

Enlaces oficiales y fuentes

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. ReclamaCivil no es un organismo público ni un despacho de abogados y no tramita esta ayuda en tu nombre. No podemos garantizar que te la concedan: decide el organismo que la gestiona. Comprueba siempre los datos en los enlaces oficiales.