Ayudas · Ingresos mínimos
Rentas mínimas autonómicas
Además del Ingreso Mínimo Vital estatal, cada comunidad tiene su propia renta mínima (renta garantizada, renta de inclusión, salario social…), con nombre, cuantía y requisitos distintos. En muchas comunidades complementa al IMV o exige haberlo pedido antes.
4 comunidades comprobadas en su sede oficial (Madrid, Cataluña, País Vasco, Andalucía); el resto, sin verificar.
- Organismo
- Servicios sociales de tu comunidad autónoma
- Territorio
- Cada comunidad autónoma
- Última comprobación
- en fuentes oficiales
¿Cumplo los requisitos?
- Cada comunidad tiene su propia renta mínima, con nombre, requisitos y cuantía distintos: aquí tienes 4 verificadas en su sede oficial; el resto, sin verificar todavía.
- Madrid (Renta Mínima de Inserción): empadronado en Madrid con residencia continuada el año anterior, entre 25 y 65 años (hay excepciones con menores o discapacidad a cargo), unidad de convivencia con 6 meses de antigüedad y haber pedido antes las pensiones y prestaciones a las que tengas derecho. Permanente: se puede pedir todo el año.
- Cataluña (Renda Garantida de Ciutadania): hay que haber solicitado antes el Ingreso Mínimo Vital. Más de 23 años (excepciones con menores a cargo o violencia de género), empadronado en Cataluña y 2 años de residencia continuada (menos en algunos casos), sin patrimonio inmobiliario salvo la vivienda habitual.
- País Vasco (Renta de Garantía de Ingresos, la gestiona Lanbide): mayor de edad, empadronado y con residencia efectiva en el País Vasco los 3 años anteriores (hay vías alternativas con menos años si acreditas vida laboral), situación de necesidad económica y firmar un Convenio de Inclusión Activa con Lanbide.
- Andalucía (Renta Mínima de Inserción Social, RMISA): vecindad administrativa en Andalucía, empadronado de forma estable al menos un año, entre 25 y 64 años (hay excepciones), inscrito como demandante de empleo y, salvo excepciones, tener una resolución denegatoria del Ingreso Mínimo Vital del mismo año.
Test rápido (orientativo)
1. ¿Vives en Madrid, Cataluña, País Vasco o Andalucía?
2. ¿Los ingresos de tu hogar son muy bajos?
Cuánto es
Cada comunidad fija su propia cuantía. Las 4 que hemos comprobado en su sede oficial:
| Madrid (RMI) | sin cifra única: se calcula caso por caso |
|---|---|
| Cataluña (RGC, 1 persona) | hasta 801,85 €/mes |
| País Vasco (RGI, 1 persona) | 874,61 €/mes (1.107,84 € si eres pensionista) |
| Andalucía (RMISA, 1 persona) | 733,60 €/mes (8.803,20 €/año) |
Las cuantías de Cataluña, País Vasco y Andalucía suben con cada miembro de la unidad familiar; mira la tabla de tu comunidad en «Enlaces oficiales». Madrid no publica una cifra única: se calcula caso por caso.
Plazo y dónde se pide
Madrid y Andalucía: se pueden pedir todo el año (prestaciones permanentes, no convocatorias con fecha de cierre). Cataluña: hasta 8 meses de plazo de resolución; si no contestan en ese plazo, se entiende aprobada (silencio positivo, a diferencia del IMV estatal). País Vasco: consulta el plazo en tu oficina de Lanbide.
- Madrid: en el centro municipal de servicios sociales de tu domicilio, en el registro de la Consejería o por la sede electrónica (sede.comunidad.madrid) con firma electrónica.
- Cataluña: por internet en tramits.gencat.cat con certificado digital o idCAT Mòbil, o con cita previa presencial. Antes hay que haber pedido el Ingreso Mínimo Vital.
- País Vasco: en tu oficina de Lanbide, firmando el Convenio de Inclusión Activa.
- Andalucía: en la sede electrónica de la Junta de Andalucía, junto con la resolución denegatoria del Ingreso Mínimo Vital (salvo urgencia social).
- El resto de comunidades: consulta los servicios sociales de tu ayuntamiento; iremos verificando y añadiendo cada una.
Documentos que te van a pedir
- DNI o NIE de todo el hogar.
- Certificado de empadronamiento con antigüedad.
- Justificantes de ingresos y, a menudo, la resolución o la solicitud del IMV.
Descárgala como checklist
Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.
Si te la deniegan o no te contestan
Si te la deniegan
Cada comunidad tiene su propio recurso administrativo: la resolución que recibas indica cuál (normalmente alzada o reposición, en 1 mes) y, después, la vía judicial que corresponda.
Si no te contestan
Cataluña es la excepción que conviene conocer: si Barcelona (la Generalitat) no resuelve en 8 meses, la solicitud se da por aprobada. En el resto, consulta la normativa de tu comunidad.
¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.
Compatibilidad con otras ayudas
- Muchas comunidades la conceden como complemento del IMV; otras son incompatibles. Consulta la tuya.
Errores que provocan requerimientos o denegaciones
- No pedir antes el IMV cuando la comunidad lo exige.
- No acreditar el tiempo mínimo de empadronamiento.
Avísame si cambia algo
Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.
Enlaces oficiales y fuentes
- Comunidad de Madrid: Renta Mínima de Inserción (sede electrónica) (se abre en otra pestaña)
- Generalitat de Catalunya: Renda Garantida de Ciutadania e IMV (se abre en otra pestaña)
- Gobierno Vasco / Lanbide: Renta de Garantía de Ingresos (se abre en otra pestaña)
- Junta de Andalucía: Renta Mínima de Inserción Social (RMISA) (se abre en otra pestaña)
- Comunidad de Madrid: requisitos y trámite de la RMI (se abre en otra pestaña)
- Generalitat de Catalunya: requisits, imports i tràmit de l'RGC (se abre en otra pestaña)
- Lanbide/Euskadi.eus: requisitos y cuantías 2026 de la RGI (se abre en otra pestaña)
- Junta de Andalucía: tríptico y cuantías 2026 de la RMISA (PDF oficial) (se abre en otra pestaña)
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. ReclamaCivil no es un organismo público ni un despacho de abogados y no tramita esta ayuda en tu nombre. No podemos garantizar que te la concedan: decide el organismo que la gestiona. Comprueba siempre los datos en los enlaces oficiales.