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ReclamaCivil.es

Ayudas · Familia e hijos

Deducción por maternidad (IRPF)

Hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de 3 años, más hasta 1.000 € adicionales si pagas guardería o escuela infantil autorizada. Se aplica en la renta o se cobra por adelantado.

Se puede pedir todo el año

Se aplica en la declaración de la renta (y se puede cobrar por adelantado cada mes).

Organismo
Agencia Tributaria
Territorio
Toda España (régimen común)
Última comprobación
en fuentes oficiales

¿Cumplo los requisitos?

  • Mujeres con hijos menores de 3 años (o adoptados o acogidos, durante los 3 años siguientes) con derecho al mínimo por descendientes.
  • Que al nacer el hijo cobren prestación o subsidio por desempleo, o que entonces o después estén de alta en la Seguridad Social o mutualidad con al menos 30 días cotizados.
  • Si la madre fallece o la custodia exclusiva es del padre o un tutor, puede aplicarla él.

Test rápido (orientativo)

  1. 1. ¿Tienes un hijo menor de 3 años (o adoptado/acogido en los últimos 3 años)?

  2. 2. ¿Cobrabas el paro al nacer, o has estado de alta en la Seguridad Social al menos 30 días?

Cuánto es

Importes máximos (art. 81 de la Ley del IRPF):

Por cada hijo menor de 3 añoshasta 1.200 €/año
Extra por guardería o centro infantil autorizadohasta 1.000 €/año

Plazo y dónde se pide

En la declaración de la renta del año (campaña de primavera), o por adelantado cada mes solicitándolo a la Agencia Tributaria.

  • En tu declaración de la renta.
  • Para cobrarla por adelantado, solicitud en la sede de la Agencia Tributaria.

Documentos que te van a pedir

  • DNI o NIE y datos del hijo.
  • Si pides el extra de guardería: el centro debe estar autorizado e informar a Hacienda (modelo 233).

Descárgala como checklist

Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.

Si te la deniegan o no te contestan

Si te la deniegan

Si Hacienda no la reconoce, puedes presentar recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en el plazo de 1 mes desde la notificación.

Si no te contestan

Sigue las reglas del procedimiento tributario que corresponda (comprobación o devolución).

¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.

Compatibilidad con otras ayudas

  • Compatible con la prestación por nacimiento y el complemento de ayuda para la infancia.

Errores que provocan requerimientos o denegaciones

  • Olvidar el extra de guardería.
  • Pensar que solo vale si trabajas: también si cobrabas el paro al nacer el hijo.

Avísame si cambia algo

Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.

Enlaces oficiales y fuentes

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. ReclamaCivil no es un organismo público ni un despacho de abogados y no tramita esta ayuda en tu nombre. No podemos garantizar que te la concedan: decide el organismo que la gestiona. Comprueba siempre los datos en los enlaces oficiales.