Ayudas · Familia e hijos
Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo (IRPF)
Hasta 1.200 € al año por familia numerosa (el doble si es especial, y hasta 600 € más por cada hijo por encima del mínimo), y hasta 1.200 € por cada descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo.
Se aplica en la declaración de la renta (y se puede cobrar por adelantado cada mes).
- Organismo
- Agencia Tributaria
- Territorio
- Toda España (régimen común)
- Última comprobación
- en fuentes oficiales
¿Cumplo los requisitos?
- Estar de alta en la Seguridad Social o mutualidad por una actividad por cuenta propia o ajena (con excepciones para pensionistas y parados que cobran prestación).
- Formar parte de una familia numerosa con título en vigor, o ser ascendiente separado o sin vínculo con dos hijos sin pensión de alimentos, o tener a cargo un descendiente o ascendiente con discapacidad.
Test rápido (orientativo)
1. ¿Tienes título de familia numerosa en vigor o un familiar con discapacidad a tu cargo?
2. ¿Trabajas de alta en la Seguridad Social, o cobras pensión o paro?
Cuánto es
Importes máximos (art. 81 bis de la Ley del IRPF):
| Familia numerosa general | hasta 1.200 €/año |
|---|---|
| Familia numerosa especial | hasta 2.400 €/año |
| Por cada hijo por encima del mínimo de la categoría | hasta 600 €/año más |
| Por cada descendiente o ascendiente con discapacidad | hasta 1.200 €/año |
Plazo y dónde se pide
En la declaración de la renta o por adelantado cada mes.
- En tu declaración de la renta.
- Para cobrarla por adelantado, solicitud en la sede de la Agencia Tributaria (individual o colectiva).
Documentos que te van a pedir
- Título de familia numerosa en vigor o certificado de discapacidad.
- DNI o NIE de los miembros.
Descárgala como checklist
Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.
Si te la deniegan o no te contestan
Si te la deniegan
Recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en 1 mes desde la notificación.
Si no te contestan
Sigue las reglas del procedimiento tributario que corresponda.
¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.
Compatibilidad con otras ayudas
- Compatible con la deducción por maternidad y con el bono social eléctrico por familia numerosa.
Errores que provocan requerimientos o denegaciones
- Dejar caducar el título de familia numerosa.
- No pedir el abono anticipado y esperar a la renta.
Avísame si cambia algo
Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.
Enlaces oficiales y fuentes
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. ReclamaCivil no es un organismo público ni un despacho de abogados y no tramita esta ayuda en tu nombre. No podemos garantizar que te la concedan: decide el organismo que la gestiona. Comprueba siempre los datos en los enlaces oficiales.