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ReclamaCivil.es

Ayudas · Familia e hijos

Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo (IRPF)

Hasta 1.200 € al año por familia numerosa (el doble si es especial, y hasta 600 € más por cada hijo por encima del mínimo), y hasta 1.200 € por cada descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo.

Se puede pedir todo el año

Se aplica en la declaración de la renta (y se puede cobrar por adelantado cada mes).

Organismo
Agencia Tributaria
Territorio
Toda España (régimen común)
Última comprobación
en fuentes oficiales

¿Cumplo los requisitos?

  • Estar de alta en la Seguridad Social o mutualidad por una actividad por cuenta propia o ajena (con excepciones para pensionistas y parados que cobran prestación).
  • Formar parte de una familia numerosa con título en vigor, o ser ascendiente separado o sin vínculo con dos hijos sin pensión de alimentos, o tener a cargo un descendiente o ascendiente con discapacidad.

Test rápido (orientativo)

  1. 1. ¿Tienes título de familia numerosa en vigor o un familiar con discapacidad a tu cargo?

  2. 2. ¿Trabajas de alta en la Seguridad Social, o cobras pensión o paro?

Cuánto es

Importes máximos (art. 81 bis de la Ley del IRPF):

Familia numerosa generalhasta 1.200 €/año
Familia numerosa especialhasta 2.400 €/año
Por cada hijo por encima del mínimo de la categoríahasta 600 €/año más
Por cada descendiente o ascendiente con discapacidadhasta 1.200 €/año

Plazo y dónde se pide

En la declaración de la renta o por adelantado cada mes.

  • En tu declaración de la renta.
  • Para cobrarla por adelantado, solicitud en la sede de la Agencia Tributaria (individual o colectiva).

Documentos que te van a pedir

  • Título de familia numerosa en vigor o certificado de discapacidad.
  • DNI o NIE de los miembros.

Descárgala como checklist

Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.

Si te la deniegan o no te contestan

Si te la deniegan

Recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en 1 mes desde la notificación.

Si no te contestan

Sigue las reglas del procedimiento tributario que corresponda.

¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.

Compatibilidad con otras ayudas

  • Compatible con la deducción por maternidad y con el bono social eléctrico por familia numerosa.

Errores que provocan requerimientos o denegaciones

  • Dejar caducar el título de familia numerosa.
  • No pedir el abono anticipado y esperar a la renta.

Avísame si cambia algo

Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.

Enlaces oficiales y fuentes

Información orientativa, no es asesoramiento jurídico. ReclamaCivil no es un organismo público ni un despacho de abogados y no tramita esta ayuda en tu nombre. No podemos garantizar que te la concedan: decide el organismo que la gestiona. Comprueba siempre los datos en los enlaces oficiales.