Ayudas · Educación
Becas generales del Ministerio de Educación (postobligatorias no universitarias)
Ayuda anual para quien cursa bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas, deportivas o de idiomas de régimen especial, entre otras, y cuya renta familiar está por debajo de los umbrales que fija el Ministerio cada curso. Se compone de varias cuantías que se suman según tu situación.
Convocatoria anual con un único plazo por curso (no es una ayuda que se pida todo el año, pero no depende de cada comunidad: la convoca el Ministerio).
- Organismo
- Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFP)
- Territorio
- Toda España (excepto País Vasco y, para algunas enseñanzas, Cataluña y Navarra, que tienen sus propias becas)
- Última comprobación
- en fuentes oficiales
¿Cumplo los requisitos?
- Estar matriculado en un centro español en alguna de las enseñanzas postobligatorias no universitarias que cubre la convocatoria (bachillerato, FP, artes plásticas y diseño, deportivas, idiomas de régimen especial, preparación para acceso a la universidad, etc.).
- Que la renta de tu unidad familiar (o la tuya, si eres independiente) no supere el umbral 3 del curso correspondiente.
- Cumplir los requisitos académicos: matricularte del número de créditos/horas mínimo y, en una segunda convocatoria del mismo curso, haber aprobado al menos el 85 % de las horas (100 % si repites).
Test rápido (orientativo)
1. ¿Estás matriculado en bachillerato, FP, artes, deportivas o idiomas de régimen especial en un centro español?
2. ¿Vives en un territorio distinto de País Vasco (y, para ciertas enseñanzas, Cataluña o Navarra)?
3. ¿Crees que la renta de tu unidad familiar del año de referencia está por debajo del umbral 3 de la tabla de esta ficha?
Cuánto es
Se suman varios componentes según tu umbral de renta, tu situación y tus notas. Cifras del curso 2026-2027 (Real Decreto 179/2026):
- Beca básica (umbral 3 o renta más alta dentro del umbral 1)
- 300 €
- Beca básica en Formación Profesional Básica
- 350 €
- Cuantía fija ligada a la renta (umbral 1, en vez de la básica)
- 1.700 €
- Cuantía por residencia (si vives lejos del centro)
- 2.700 €
- Excelencia académica (nota media ≥ 8)
- 50 a 125 €
- Cuantía variable (mínimo)
- desde 60 €
La cuantía fija ligada a la renta (1.700 €) y la beca básica (300 €) son excluyentes entre sí: solo se recibe una de las dos, según tu umbral. El umbral 3 de renta para 2026-2027, con 1 persona en la unidad familiar, está entre 14.818 € y 15.567 € anuales (sube con cada miembro más); por encima de ese umbral no hay derecho a beca.
Plazo y dónde se pide
Un único plazo por curso, normalmente entre finales de agosto/septiembre y octubre (varía cada año; se confirma en cada convocatoria publicada en el BOE). Pedirla fuera de plazo no da derecho, salvo las excepciones tasadas de la propia convocatoria.
- Por internet, en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con el DNI/NIE del solicitante (y de los miembros de la unidad familiar si se pide con certificado digital de otra persona).
- No hace falta aportar la declaración de la renta en papel: Hacienda la cede directamente al Ministerio si has dado tu consentimiento en la solicitud.
Documentos que te van a pedir
- DNI o NIE de quien solicita la beca.
- Número de cuenta bancaria (IBAN) a tu nombre o del titular de la unidad familiar.
- Si alguno de la unidad familiar no tiene obligación de declarar IRPF, sus datos de ingresos (certificado de empresa, prestaciones, etc.) para que lo pueda comprobar el Ministerio.
- Matrícula o resguardo de haberte matriculado en el centro.
Descárgala como checklist
Para ir marcando lo que ya tienes, con los errores frecuentes y los enlaces oficiales.
Si te la deniegan o no te contestan
Si te la deniegan
Si te la deniegan, tienes un mes desde la notificación para presentar recurso de reposición ante el órgano que resolvió (o recurso de alzada, según el caso, ante la Secretaría de Estado), o puedes acudir directamente a la vía contencioso-administrativa si procede. Revisa primero el motivo: los más habituales son superar el umbral de renta o no cumplir el requisito académico de créditos u horas.
Si no te contestan
Si no hay resolución expresa en el plazo máximo que fija la convocatoria, se puede entender denegada por silencio administrativo a efectos de recurrir, según lo que establezca cada convocatoria anual.
¿Dudas con tu caso? Pregunta a un asesor virtual (es una inteligencia artificial, no un abogado) o escríbenos.
Compatibilidad con otras ayudas
- Incompatible con las becas específicas de las comunidades que tienen su propio sistema (País Vasco; Cataluña y Navarra para algunas enseñanzas): en esos territorios se pide la beca autonómica, no la del Ministerio.
- Compatible con otras ayudas familiares como el Ingreso Mínimo Vital o la deducción por familia numerosa, que no dependen de estar estudiando.
Errores que provocan requerimientos o denegaciones
- No marcar el consentimiento para que Hacienda ceda los datos fiscales, lo que obliga a aportarlos a mano y retrasa la resolución.
- No actualizar el IBAN cuando se cambia de banco, lo que retrasa el cobro aunque la beca esté concedida.
- Matricularse de menos créditos u horas de los exigidos por la convocatoria para ese tipo de estudios.
- Pedirla fuera del plazo de la convocatoria de ese curso.
Avísame si cambia algo
Las cuantías y requisitos cambian (por ejemplo, cada año con la revalorización). Te escribimos si comprobamos un cambio en esta ayuda.
Enlaces oficiales y fuentes
- Ministerio de Educación, FP y Deportes: becas y ayudas al estudio (se abre en otra pestaña)
- Sede electrónica del Ministerio (para solicitarla) (se abre en otra pestaña)
- Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio y las cuantías de las becas para el curso 2026-2027 (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas (BOE) (se abre en otra pestaña)
Información orientativa, no es asesoramiento jurídico