Vuelos
Vuelo cancelado: la compensación depende de cuántos días avisaron
Te cancelan el vuelo y no sabes si te deben una compensación.
Arts. 5.1.c), 5.3 y 7.1 Reglamento (CE) 261/2004
No hay compensación si te avisan con al menos dos semanas de antelación; entre dos semanas y siete días, solo si la alternativa no cumple los límites de horario del reglamento; y tampoco si la causa son circunstancias extraordinarias que no se podían evitar. Cuando procede: 250 € (hasta 1500 km), 400 € (vuelos intracomunitarios de más de 1500 km y los demás de entre 1500 y 3500 km) o 600 € (resto).
Fuente: Reglamento (CE) n.º 261/2004, DO L 46 de 17/02/2004, texto original (EUR-Lex, CELEX 32004R0261). Consultado el 18-10-2026. Orientativo: no sustituye a un abogado y no garantiza resultados.
Qué hacer
- Guarda la tarjeta de embarque, la reserva y el aviso de cancelación con su fecha.
- Calcula la distancia y los días de antelación con que te avisaron.
- Reclama primero a la aerolínea por escrito.
- Calcula tu caso con la calculadora de vuelos.